retraso en llevanza de libros

Retraso en la obligación de llevar los Libros Registro de facturas expedidas y recibidas

A partir del 1 de enero de 2018, cuando se produzca un retraso en la obligación de llevar los Libros Registro de facturas expedidas y recibidas, a través de la Sede electrónica de la AEAT -Suministro Inmediato de Información (SII) del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)-, se impondrá una multa del 0,5% del importe de la factura. Así se regula en un proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General del Régimen Sancionador- que define que se entenderá por retraso «el suministro de los registros con posterioridad a la finalización del correspondiente plazo previsto en la normativa reguladora de la obligación».

 

SII calculadora de plazos para la remisión de los registros de facturas

 

Se adjunta link con calculadora del SII facilitado por Hacienda, para el cálculo de los días para la remisión de las facturas a Hacienda a través de la web por obligación del SII.

En la primera pantalla hay que seleccionar el libro de facturas al que se refiere (emitidas o recibidas).Y a partir de ahí, se va filtrando los datos según se solicitan.

Recordad que tanto en las facturas emitidas como en las recibidas, al computar los días, no se cuentan ni sábados, ni domingos, ni festivos nacionales.

Esta herramienta puede resultar muy útil para calcular los días de comunicación a Hacienda por obligación del SII, por lo que se recomienda su utilización.

 

 

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