cambiar la base cotización de autónomos

Última oportunidad para cambiar la base cotización de autónomos

Los plazos para efectuar el cambio de base de cotización son:

  • Modificaciones antes del 1 de mayo de cada periodo con efectos a partir del 1 de julio siguiente.
  • Modificaciones antes del 1 de noviembre de cada periodo con efectos a partir del 1 de enero del siguiente periodo.

La solicitud y trámite del cambio en la base de cotización podrá llevarse a cabo, como se menciona, a través de la Sede Electrónica de la TGSS siguiendo la siguiente ruta: Sede Electrónica > Ciudadanos> Servicios con certificado digital o/y Servicios con certificado SILCON>.

Puedes acceder al impreso pinchando aquí

También puedes llamarnos y nosotros nos encargamos de todo el papeleo, pincha aquí.

Así pues, solo hasta el próximo 1 de Noviembre tienes la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según su edad.

Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2018.

Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes a partir 01-07-2017):

 

Base de cotización

€/mes

Tipo de Cotización

contingencias comunes

cobertura IT

Cuota a pagar

€/mes

919,80

– mínima a partir 01-07-2017 –

29,90 % * 275,02
992,10

mínima para trabajadores de 48  o más a 01-07-2017, salvo excepciones

29,90 % 296.64
1.000 29,90 % 299
1.202 29,90 % 359,40
2.023,50

máxima para trabajadores de 47, 48 años o más, salvo excepciones

 

29,90 % 605,03
3.751,20

– máxima en 2017 –

29,90 % 1.121,61

 

* 29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)

Asimismo, te recordamos, que la Tesorería General de la SS podrá incrementar, anualmente y de forma automática, su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, con el límite del tope máximo aplicable, previa solicitud antes del día 1 de noviembre.

Pero te recordamos, que la proposición de Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo, en fase de tramitación en el Senado, tiene previsto aumentar de 2 a 4 el número de veces al año que los autónomos podrán cambiar de base de cotización. Pero esta medida no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2018.

También les informamos que pueden optar por la cobertura de las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) y de la protección por cese de actividad, antes del 1 de Octubre del 2017.

En el caso que quieras que te lo hagamos nosotros, tanto el modificar la base de cotización o cuota, y/o optar por las citadas coberturas, te agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible, pincha aquí

 

 

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