Próxima ley de autónomos

Probablemente, en el mes de julio de 2017, tengamos aprobada la nueva Ley de autónomos.

 

  1. Los autónomos en edad legal de jubilación que tengan trabajadores a su cargo, podrán cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando. Una medida que está encaminada a mantener la actividad económica y el empleo. En la actualidad solo es posible disfrutar del 50% de la pensión y es para todos los trabajadores, asalariados y autónomos, aunque más del 80% de lo que se acogen a esta medida son trabajadores por cuenta propia.
  2. Las mujeres autónomas que hayan tenido hijos y hayan cesado su actividad por maternidad, adopción o acogimiento y tutela y se reincorporaran al trabajo durante los dos años posteriores a la fecha del cese, podrán disfrutar de una tarifa plana de 50 euros por un periodo de 12 meses si esa trabajadora optó por la base mínima. Si, por el contrario, lo hizo por una base superior a la mínima tendrá una bonificación del 80% sobre la cuota por contingencias comunes. Esta enmienda incorpora una exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año por cuidado de menores o dependientes para garantizar de esta forma una mejor conciliación de la vida laboral y familiar de la autónoma.
  3. Los autónomos tendrán cubiertos los accidentes «in itinere» (de ida o vuelta del trabajo).
  4. En estudio por parte del Gobierno, una enmienda propuesta por ERC que permitiría al trabajador por cuenta propia desgravarse hasta 12 euros diarios por manutención siempre y cuando estos gastos puedan verificarse por medios telemáticos. Esta enmienda establece también un 20% de deducción de los gastos de suministros de agua, luz, electricidad y telefonía cuando el autónomo trabaja desde su casa.
  5. Otra medida clave para este colectivo pactada por los grupos la mejora en los programas de formación, dado que habrá mayor participación de este colectivo en esos programas.
  6. Las organizaciones de autónomos más representativas serán consideradas con la nueva ley de «utilidad pública» y se establecerá un plazo de un año para su entrada en el Conejo Económico y Social, así como para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.
  7. Ampliación de la tarifa plana de 50 euros para nuevas altas de los seis meses actuales hasta un año. A partir de la entrada en vigor de la nueva norma el trabajador podrá reemprender su actividad con una tarifa plana tras dos años de haber interrumpido el trabajo. Ahora es necesario esperar cinco años.
  8. El recargo que se aplica en las cotizaciones a la Seguridad Social por demora en los pagos, se reducirán las sanciones a la mitad, del 20% actual pasa al 10% en el primer mes y no solo para los autónomos.
  9. Además se devolverá de oficio el exceso de cotización de las personas con pluriactividad sin que sea el contribuyente el que debe solicitar la devolución como ocurre en la actualidad.
  10. La cuota de los autónomos societarios ya no se vinculará a la subida del SMI, como ha ocurrido este año, cuando se incrementó un 8%. El alza la determinarán los Presupuestos del Estado.
  11. El autónomo se podrá dar de alta hasta 3 veces cada año, desde el día en el reúna los requisitos para incorporarse al sistema y se permitirán hasta tres bajas en cada año natural, cuyos efectos coincidirán también con el día real en el que ha cesado.
  12. No se recoge en la ley la propuesta de ATA de que los autónomos sepan con total seguridad cuando están obligados o no a darse de alta en el régimen especial de autónomos, algo que hoy no está claro.
  13. La norma permitirá cambiar la base de cotización hasta cuatro veces al Derecho a formación
  14. Se incluirá mejoras para los discapacitados que se decidan a emprender. También se beneficiarán de esas mejoras los hijos con discapacidad de los trabajadores por cuenta propia, que podrán contratarlos.