• El impuesto de sociedades incluye nuevas deducciones
  • La reserva de capitalización y de nivelación permiten reducir el tributo a quien apueste por el ahorro.
  1. Viñas (cincodias.com)

El año que ahora termina será el primero en el que entra en acción el nuevo impuesto sobre sociedades que el Gobierno aprobó en la reforma fiscal. Los cambios introducidos en el impuesto que grava los beneficios empresariales se reflejan en una rebaja del tipo nominal, una reducción de ciertos incentivos fiscales y la aprobación de otras ventajas fiscales para potenciar la capitalización de las empresas y fomentar actividades relacionadas con la investigación y el desarrollo.

Reserva de capitalización

La reserva de capitalización permite a todas las empresas, con independencia de su tamaño, rebajar su base imponible en un 10% del importe destinado a esta nueva figura. Salvo pérdidas, los fondos propios no pueden utilizarse en un plazo de cinco años. El beneficio fiscal tiene un límite y es que la reducción aplicable no puede superar el 10% de la base imponible positiva.

Una empresa mediana que, por ejemplo, tuviera una base imponible de dos millones de euros y aportara un millón de euros a la reserva de capitalización, podría aplicarse una reducción de 100.000 euros (el 10% del millón de euros).

Reserva de nivelación

Si bien se elimina el gravamen más reducido para medianas y pequeñas empresas, el nuevo impuesto sobre sociedades incorpora una rebaja tributaria exclusiva para pymes y bautizada como reserva de nivelación. Es un instrumento que permite rebajar la factura fiscal de un ejercicio cerrado con beneficios y, a la vez, compensar las posibles pérdidas del futuro.

La reserva de nivelación tiene como límite el 10% de la base imponible o un millón de euros. Por ejemplo, una empresa con un beneficio de 200.000 euros puede rebajar su base imponible en 20.000 euros. Así, el tipo nominal del 25% se aplicaría sobre 180.000 euros y permitiría un ahorro de 5.000 euros (ver el segundo ejemplo del gráfico). Dicho de otra forma, el tipo efectivo sería del 22,5%.

La reserva de nivelación, que solo pueden aplicar las pymes, es compatible con la reserva de capitalización, lo que permite que en caso de aplicar ambas medidas el tipo efectivo de una pyme se sitúe en niveles en torno al 20% (ver el tercer ejemplo).

Beneficios en I+D

El impuesto sobre sociedades vigente hasta 2014 contemplaba la deducción por inversiones medioambientales o por reinversión de beneficios que han desaparecido con la nueva legislación. Sin embargo, en contra del criterio del comité de expertos para la reforma fiscal se ha mantenido y ampliado los beneficios ligados a la inversión en I+D. Uno de los problemas tradicionales del sector era que las empresas con gasto en I+D y que registraban pérdidas –una situación habitual cuando se inicia y arriesga en un proyecto– no podían aplicar la deducción. La Ley de Emprendedores introdujo en 2014 la posibilidad de solicitar en metálico el pago de la deducción con un límite de tres millones de euros. Así, la deducción se convirtió en una suerte de subvención para las compañías con pérdidas. Con la reforma fiscal, este límite de tres millones se ha ampliado a cinco millones para las compañías más intensivas en I+D y que destinen más del 10% de su cifra de negocio a esta área.

 

Tapar agujeros del tributo

Un aspecto importante a tener en cuenta es que la reforma fiscal ha limitado al 1% la deducción de los gastos de representación de las empresas. Hasta ahora, no existía ningún límite y ello generaba mucha litigiosidad entre las compañías y la Agencia Tributaria, que actuaba ante los casos en los que entendía que las compañías colaban gastos personales como de representación.

Otro de los aspectos que las empresas, los asesores y los gestores deberán tener en cuenta a la hora de cerrar el ejercicio y presentar la declaración de Sociedades es la simplificación de las tablas de amortización.

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