Bonificación de los cursos de formación

  

La bonificación de los cursos de formación de los empleados viene minorada en el coste de los seguros sociales, con una bonificación de 420 euros.
La consulta 5 del BOICAC, núm. 94 dispone en relación con este tema lo siguiente:

«Los gastos incurridos en la formación del personal de la empresa tienen la naturaleza contable de gastos de personal y figurarán en la cuenta de pérdidas y ganancias formando parte integrante de los resultados de explotación. Por otro lado, las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social se registrarán de acuerdo a lo indicado en la norma de registro y valoración en materia de subvenciones, donaciones y legados recibidos del Plan General de Contabilidad. No obstante, en la medida en que dichas bonificaciones se hacen efectivas a través de una reducción en las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la empresa, puede admitirse que dicho importe minore el gasto ocasionado por este concepto, siempre y cuando de acuerdo con el principio de importancia relativa la variación que ocasione este registro contable sea poco significativa».
Es decir, la bonificación se puede contabilizar como un ingreso por subvenciones, o también, se podrá registrar como un menor importe de la cuenta 642.