Inspección de Prevención de Riesgos Laborales

 

Acabas de recibir una Inspección de Prevención de Riesgos Laborales

Imagínate que por sorpresa llama a tu puerta un Inspector de Trabajo y te comunica que es en materia de Prevención de Riesgos Laborales (PRL).

Tanto los autónomos como empresas están obligados aplicar medidas de seguridad para en prevención de riesgos y accidentes laborales, todos sin excepción.

Con el objetivo garantizar el cumplimiento de la ley 31/1995 y evitar infracciones conviene que estés preparado.

¿Y por que a ti?, cual es el motivo para recibir una inspección de PRL

Aunque es una operación rutinaria para el inspector, el motivo por el que recibes una inspección puede ser:

  1. Por casualidad, ósea que te ha tocado, pero si tu actividad es de mayor riesgo de accidente vas a tener muchas más probabilidades.
  2. Por apertura de un centro de trabajo o la solicitud de cualquier licencia para el desarrollo de una actividad empresarial.
  3. Por la denuncia de un trabajador, ex trabajador o cualquier persona vinculada antes o después al negocio.
  4. En caso de accidente laboral múltiple o grave acontecido en el seno de la empresa o durante la actividad de la misma. El accidente in itinere, es decir, el que ocurre en el trayecto de ida o vuelta al puesto de trabajo no está sujeto a inspección.
  5. Por solicitud o petición de informe de otras administraciones de autoridad laboral en tu propia comunidad autónoma.

¿Que documentos me van a pedir en una inspección de PRL?

Además de una inspección ocular, junto con el responsable en la empresa de la prevención de riesgos laborales, la documentación que solicitarán son:

  1. El plan de prevención de riesgos laborales.
  2. Las medidas de protección implantadas y los certificados obligatorios (varían en cada sector).
  3. El material preventivo de accidentes de trabajo.
  4. Los resultados de los controles de salud a empleados.
  5. La evaluación de riesgos y planificación de la acción preventiva.
  6. Una relación sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan durado más de un día.
  7. El documento de asociación (a efectos de accidentes de trabajo).

Infracciones y sanciones derivadas de la inspección de PRL

Las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, pueden ser:

  1. leves, con multas de 40 a 2.045€
  2. graves, con sanciones de 2.046€ a 40.985€
  3. muy graves, de 40.986 hasta 819.780€.

(Artículos 11,12 y 13 del Real Decreto Legislativo 5/2000)

Por tanto, conviene que estés bien asesorado y por supuesto tener toda la documentación en regla.